Contenidos
Desde cuando existen los ertes
Estilo erte
La experiencia de España ha sido un reflejo de la de sus homólogos europeos. El bloqueo nacional que comenzó el 15 de marzo paralizó la vida cotidiana. Se cancelaron las reuniones públicas. Los estudiantes fueron enviados a casa. Empresas de todos los tamaños tuvieron que lidiar con la creciente incertidumbre sobre sus perspectivas. Ahora que España está reiniciando la economía, debemos abordar un doble imperativo: salvaguardar tanto las vidas como los medios de subsistencia. Para tener éxito en esta tarea, debemos, en primer lugar, elaborar políticas eficaces que puedan acelerar la recuperación de España y disminuir el impacto financiero sobre los individuos y las empresas y, en segundo lugar, utilizar la crisis para catalizar el cambio y repensar la estructura fundamental de las empresas, los sectores y la economía en general.
La capacidad de un país para capear la pandemia depende en gran medida de la situación fiscal de su sector público, sus empresas y sus hogares. En los aproximadamente diez años que siguieron a la anterior crisis financiera de España, las empresas mostraron un endeudamiento significativamente menor que en 2007, situándose cerca de la media europea. Los hogares españoles también redujeron sus niveles de endeudamiento durante este periodo. Sin embargo, el gobierno siguió una trayectoria diferente: desde 2007 hasta 2018, el sector público aumentó su ratio de deuda sobre el PIB en más de 50 puntos porcentuales y ahora supera el endeudamiento soberano medio en Europa en casi 20 puntos porcentuales (Gráfico 1).
Hechos de erté
Desde el inicio de la pandemia de SARS-CoV-2, la mayoría de nosotros hemos aprendido algunas palabras y conceptos nuevos con los que sólo unos pocos estaban familiarizados hasta ahora: mascarillas quirúrgicas, mascarillas FFP2, coronavirus, EPI, PCR, teletrabajo, etc. La pandemia ha cambiado (y repercutido) todo: el ámbito de la salud, la economía y, por supuesto, el empleo.
Los despidos temporales conocidos en España como ERTEs han sido noticia, formando parte de la «nueva normalidad» de estos últimos meses. Y mientras la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, llama a la calma al anunciar un nuevo acuerdo con sindicatos y patronal para prorrogar los ERTEs hasta el 31 de mayo, muchas empresas se preguntan qué pasará si, lamentablemente, el ERTE que se les aplica tiene que convertirse en un ERE.
La principal diferencia entre un ERTE y un ERE radica en el carácter temporal o permanente de estos procedimientos. Así lo reflejan las siglas en español. Un ERTE implica una suspensión temporal del contrato de trabajo, mientras que en el caso de un ERE, el contrato no se suspende, sino que se extingue, por lo que la relación laboral llega a su fin.
Exposición del erte
El Gobierno ha acordado prorrogar los ERTE desde el 1 de febrero hasta el 31 de mayo con condiciones similares a las actuales. Este será el tercer acuerdo desde que comenzó la pandemia. Además, han llegado a un acuerdo con las asociaciones de autónomos para prorrogar los «beneficios» para los autónomos durante el mismo periodo.
Los ERTEs actualmente vigentes continuarán, habrá que presentar una comunicación a la Autoridad correspondiente para solicitar que se continúe con una lista de los trabajadores para que puedan acceder a sus beneficios.
Imagen del erte
A través de un ERTE la empresa suspende el contrato de trabajo del empleado o reduce su jornada (con el consiguiente recorte salarial proporcional) por causas de fuerza mayor o por motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción. No se despide al trabajador, pero se suspende temporalmente el contrato de trabajo, es decir, se le suspende.
Ante el estado de alarma por el virus corona y el cierre de muchas empresas, el Gobierno español aprobó el Real Decreto del 17 de marzo. Este Decreto establecía medidas excepcionales para los ERTEs. Agilizó el procedimiento y flexibilizó sus requisitos.
Este tipo de ERTE puede mantenerse durante el estado de alarma. Tiene ventajas para el trabajador, por ejemplo que no será necesario tener un tiempo mínimo de cotización para poder solicitar el cobro del paro. En una situación normal es necesario haber trabajado al menos 360 días en los últimos seis años anteriores al despido. Sin embargo, durante el estado de alarma se ha eliminado este requisito.